Bancos podrán dar datos a la Anses sobre retiro de fondos

Después de varios meses en que los bancos se negaban a compartir información que pedía la ANSeS por temor a violar el secreto bancario, el Banco Central (BCRA) aclaró a las entidades que el secreto financiero no rige frente a los pedidos de datos del organismo previsional, según surge de la comunicación 6609.

La norma permite a los bancos entregar los datos relativos al lugar, día y hora de las extracciones o de otras transacciones que conllevan el retiro de fondos -como el tipo de transacción, fecha, hora e importe- por parte de los beneficiarios de cuentas en las que ANSeS deposita fondos.

En cambio, siguen alcanzados por el secreto financiero los datos que permitan la identificación de las cuentas donde se acreditan los fondos de las transacciones y otras operaciones pasivas de los titulares.

"El BCRA actualiza el punto referido a las situaciones especiales (punto 3) de las normas sobre Secreto financiero, a fin de expresar de manera más clara cómo se aplica la excepción a la norma respecto de los pedidos de información de la ANSeS", explicó un comunicado de Adeba.

En los bancos se presume que la ANSeS utiliza esta información para luchar contra el fraude, pero también para utilizarla con fines comerciales con el uso de la tarjeta de débito. Ante la consulta de este diario, la ANSeS evitó responder.

"La ANSeS había empezado a pedir datos sobre el manejo y consumos con la tarjeta de débito de jubilados y pensionados, para ver el flujo de movimientos. Los bancos dijeron que eso violaba el secreto bancario e hicieron una presentación ante el BCRA. El BCRA respondió", explicaron en un banco nacional.

"El BCRA está corrigiendo una zona gris. Está bueno para ANSeS porque le permite contar con los datos para hacer su propio chequeo y fortalecer los controles. Y para el banco ya no es un dilema tener que dar o no la información. Con la aclaración, el banco queda eximido", explicaron en otra entidad.

La ANSeS también logró, mediante la ley de Presupuesto 2019, que la AFIP lo exceptúe del secreto fiscal si el organismo previsional pide datos socioeconómicos o patrimoniales de los beneficiarios de prestaciones sociales o subsidios.

Ahora el organismo puede cruzar datos con nombre y apellido siempre que la información esté directamente vinculada con la prevención y fiscalización del fraude en el otorgamiento de prestaciones o subsidios y para definir el derecho al acceso a una prestación o subsidio por parte de un beneficiario, según se sancionó.

Fuente: El Cronista