Comercio propone cambios para la Ley de Abastecimiento

La Cámara Argentina de Comercio (CAC) será la primera entidad empresaria en atender la solicitud que hizo la presidenta Cristina Fernández y le hará llegar a las autoridades un documento con unas propuestas para cambiar el proyecto de reforma de Ley de Abastecimiento, el Observatorio de Precios y la creación del nuevo Foro de Consumidor.

El Presidente de la CAC, Carlos R. de la Vega, adelantó que la iniciativa empresarial procura eliminar de los textos presentados por el Gobierno al Congreso todo los aspectos que dejan librada a la interpretación de la secretaría de Comercio Interior la aplicación de las figuras contempladas en la normativa.

En su discurso en la Bolsa de Comercio la Presidenta había reclamado el miércoles a los empresarios que criticaron las reformas a la ley de Abastecimiento que "digan cuáles son los artículos, cuáles son las normas, para poder cambiarlas".

De la Vega reconoció que "respecto de la Ley de Abastecimiento hay una cuestión filosófica porque como empresarios nos oponemos a los controles", pero consideró que "hay que tomar a las tres leyes como un paquete".

En el caso de la integración del Observatorio de Precios, el Presidente de la CAC indicó que "si participan tres entidades de consumidores, proponemos que se integren tres cámaras empresarias". También se reclama una "cláusula de confidencialidad" para la información económica que se pueda pedir a las empresas tanto a través de la Secretaría de Comercio como del Observatorio de Precios. "Sobre el tema de tribunales tampoco estamos en contra, ya tienen oficinas todas las provincias e incluso ya funciona un organismo de mediación", añadió De la Vega.

Respecto de la reforma de la Ley de Abastecimiento, el titular de la CAC dijo que se pide modificar el artículo sobre su aplicación. "Establece a quién se aplicará, menciona a todos los sectores y dice "a cualquier otro bien que satisfaga necesidades básicas o esenciales destinados al bienestar de la población". ¿Cuál es límite, qué quiere decir "esencial"?", cuestionó De la Vega.

El empresario acotó que "en el Artículo 2 dice que "en caso de ser estrictamente necesario se podrá sancionar..." por lo que De la Vega cuestionó "qué quiere decir "estrictamente necesario"".

"En el Artículo 3 dice que se sancionará a quienes revaluaran existencias. Si el comerciante no puede revaluar el precio no puede reponer el artículo. En caso de un repuesto importado, que lo traje con el dólar a 4 y no lo pude vender, no me pueden pedir que lo venda al dólar a 4 porque yo no llevé el dólar a 8", dijo De la Vega.

El directivo también cuestionó que en el artículo que se refiere a penas de multas y clausuras indica que se puede elevar al doble, en caso de reincidencia, y hasta la clausura definitiva en caso de doble reincidencia.

En ese aspecto, la Cámara sostiene que si el grupo de penalistas que analizó la reforma del Código Penal considera que la reincidencia de un delincuente no agrava su pena, no se entiende por qué le aplican un criterio diferente a los empresarios.

También se cuestiona un artículo que habla sobre sanciones a los que "elevaren injustificadamente los precios", ya que según De la Vega "no está claro que es el término "injustificadamente"".

Por otro lado, se pretende modificar el artículo de la Ley que obliga al empresario a pagar la multa y luego recurrir a la Justicia.

"En la Ley como está hoy sacan un párrafo completo que dice que si no podés pagar en efectivo se puede dar una garantía en caución. Esto quiere decir que el que no tiene plata no tiene derecho de defensa", precisó De la Vega.