Disponen el canje de cupones de Títulos Elegibles

El Ministerio de Economía, por Resolución 768/2010, dispuso la realización del canje de cupones de Títulos Elegibles en el marco de la reestructuración aprobada por el Decreto N° 563/10, complementarios de aquéllos por los cuales los tenedores hubieran recibido algún pago en base a una orden judicial, amparo u otro beneficio, por los instrumentos cuya emisión se dispone en el Artículo 2º del mismo decreto.

La Resolución, que lleva la firma del ministro de Economía, Amado Boudou, aprueba el “Procedimiento Especial para Tenedores de Ciertos Cupones de Títulos Elegibles para el Canje Aprobado por el Decreto Nº 563/10”, que se publica como Anexo.

Los cupones que se reciban en virtud de la operación que se dispone en esta resolución serán dados de baja de los registros de la deuda pública.

Se autoriza al Secretario de Finanzas, o al Subsecretario de Financiamiento, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público o al Director de Administración de la Deuda Pública o al Coordinador de la Unidad de Registro de la Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para llevar a cabo las operaciones que se realicen en el marco de la presente medida.

La Secretaría de Finanzas será la Autoridad de Aplicación de la Resolución.

En los considerandos recuerda que a partir del año 2002 en las Leyes de Presupuesto de cada Ejercicio, se dispone el diferimiento del pago de las obligaciones resultantes de los títulos representativos de la deuda pública nacional allí identificados y se autoriza al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía a reestructurar dicha deuda, a fin de adecuar los servicios de la misma a las posibilidades de pago del Estado Nacional.