ECONOMÍA

El Banco Central amplió medidas para el dólar turista

El Banco Central de la República Argentina lo dispuso a través de la Comunicación "A" 5339. En la misma señaló que para los destinos que no sean países limítrofes ni de la zona euro se podrán comprar dólares mediante la autorización correspondiente.

La medida se debe a que las casas de cambio no tendrían a su disposición las divisas de los destinos menos frecuentados.

A través de la comunicación, la entidad monetaria señaló que podrán acceder a la compra de los billetes personas físicas, empresas, gobiernos locales y universidades por los viajes de sus funcionarios, directivos, empleados en relación de dependencia y contratados, bajo el concepto de "turismo y viajes" por los montos que "sean razonables en función de los lugares de destino".

Para poder acceder a la compra de esas monedas, deberán presentar la declaración jurada del cliente sobre el viaje a realizar -que se realiza a través de la página web de la AFIP- y la cantidad de días de estadía que permanecerán en el exterior.

Estas personas también deberán asumir "el compromiso de reingreso de los fondos dentro de los 5 días hábiles siguientes, en el caso de suspensión del viaje".

En tanto, las postergaciones de fecha por más de 10 días hábiles serán consideradas "como suspensiones del viaje por el cual se solicitó el acceso al mercado local de cambios".

La comunicación precisa que "en los casos de viajes con destinos a países limítrofes, y a países que adoptaron el Euro como moneda local, las ventas de cambio deben corresponder exclusivamente a billetes de los países que serán visitados en el viaje al exterior".

Fuente: Ambito.com