SERVICIOS

El aumento del costo del teléfono a raíz de los impuestos

Al igual que otras actividades económicas, la telefonía está sujeta a la aplicación de tributos por parte de los gobiernos nacional, provincial y municipal.

Si bien legalmente no todos ellos son trasladables al consumidor, al introducir una ‘cuña’ entre el precio que cobran las empresas y el que pagan los usuarios antes de impuestos, en alguna medida terminan impactando en las tarifas.

En consecuencia, surge el interrogante de en cuánto podría verse encarecido el servicio de telefonía en los distintos puntos del país por la aplicación de los principales tributos existentes.

El objetivo de esta columna es comparar entre ciudades cómo se vería afectado el costo del consumo telefónico residencial por la aplicación del IVA nacional, del Impuesto a los Ingresos Brutos (IIB) a nivel provincial, y de la Tasa de Seguridad e Higiene (TSH) a nivel municipal.

Se consideran para ello las alícuotas legales aplicables al sector de telecomunicaciones para las 23 jurisdicciones provinciales, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y una muestra de 68 municipios de todo el país.

Analizando la incidencia legal que tienen el IVA, el IIB y la TSH sobre el consumo de telefonía residencial, a través del incremento porcentual del precio neto generado por la carga tributaria, es posible advertir que en promedio para las 68 ciudades, el consumo se vería encarecido en un 26.35%.

Llevando esta cifra a un ejemplo, si se considera que un abonado consume telefonía por unos $100 mensuales netos de IVA, IIB y TSH, el costo promedio del servicio se estaría encareciendo en unos $26.35 por impuestos: $3.32 a nivel provincial, en concepto del Impuesto a los Ingresos Brutos, $1.10 a nivel municipal, por la tasa de Seguridad e Higiene, y $21.93 a nivel nacional en concepto de IVA.

Adicionalmente, se detecta cierta disparidad entre ciudades en los montos a pagar por el consumo telefónico a raíz de la carga tributaria. Puesto que la alícuota del IVA es la misma a lo largo de todo el país (excepto en la provincia de Tierra del Fuego, en que no aplica), la variabilidad regional en la carga tributaria respondería más bien a diferencias entre los dos tributos subnacionales.

De este modo, los ciudadanos de Paraná, Gualeguaychú y Concordia (todos de Entre Ríos) son los que se verían más afectados por la carga legal, viendo encarecido su consumo de telefonía en aproximadamente un 32%. Este posicionamiento relativo se debe fundamentalmente a la mayor presión que ejercen los municipios, que supera a la carga que aplica la provincia sobre el sector.

Por el contrario, los abonados que residen en Neuquén y Bariloche son los que soportarían una menor carga legal, con un incremento del precio a raíz de estos tributos del orden del 25%.

Sintetizando, se pretende destacar tres aspectos relativos a la carga tributaria sobre el sector de telefonía:

Disparidad de los niveles de carga tributaria subnacional. Toda carga tributaria es consecuencia de un determinado nivel y calidad de gasto público. En efecto, el contribuyente debería contar con todos los elementos necesarios para poder evaluar el grado de consistencia entre ambas variables.

También se observa una elevada heterogeneidad en los modos de tributar entre jurisdicciones, lo cual eleva los costos de cumplimiento de los contribuyentes. Sería vital encontrar un camino de homogeneización de la forma en que las provincias y los municipios aplican los tributos, sin poner de ninguna manera en riesgo la autonomía tributaria que poseen.

Sería muy positivo que los gobiernos avanzaran en lograr una mayor visibilidad de las alícuotas tributarias plenas que recaen sobre los distintos sectores económicos. Esto último obedece al hecho que en las facturas por servicios telefónicos, por cuestiones legales no se explicita la carga total de algunos impuestos, como el caso del IIB. Esto es esencial para mejorar el control ciudadano de la asignación de fondos que realiza el Estado.

Fuente: EL CRONISTA COMERCIAL