Expendedores enviarán nota a Echegaray para consultar por la factura electrónica

En poco más de un mes las estaciones de servicio deberán emitir los comprobantes en forma on-line, pero todavía no se conoce con precisión los alcances de la normativa. Frente a esta urgencia, plantearán al titular del organismo que arbitre los medios para despejar las dudas.

Con este objetivo, hace ya 15 días, la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines de la República Argentina (CECHA) envió una carta al Dr. Pablo Jorge Aguilera, Subdirección General de Técnico Legal Impositiva de AFIP, sin obtener respuestas. Desde la gerencia de la institución informaron a surtidores.com.ar que ya está trabajando en nuevo pedido de informes, atento que a partir del 1 julio de 2015 las bocas de expendio deberán adherirse al régimen de facturación electrónica, tal como establece la Resolución General 3749, que abarca a los sujetos que revistan el carácter de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado en los términos de la Resolución General N° 2.485 y monotributistas encuadrados en las categorías H a L.

De acuerdo a la legislación, los estacioneros interpretan que la factura electrónica debería utilizarse para las operaciones cuya entrega o servicio no se presta en el mismo momento, por ejemplo en el caso de ventas con remito y cuentas corrientes. Así lo entienden hasta el momento. Otra inquietud de los especialistas contables de la Confederación se da respecto de aquellos casos de fuerza mayor en los que el controlador fiscal presenta fallas técnicas o deja de funcionar o porque se cae el sistema back office de facturación electrónica propia de la estación. También hay incertidumbre sobre el uso del Controlador Fiscal, considerando que es obligatorio para la emisión de comprobantes. ¿Está autorizada la estación a emitir comprobantes manuales? Y en caso afirmativo ¿Se debe solicitar algún permiso especial? Son las preguntas que van a formar parte de la nota con destino a Ricardo Echegaray, el titular de AFIP.

De acuerdo a los fundamentos del organismo, la medida tiene como objeto “intensificar el uso de herramientas informáticas destinadas a facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como optimizar las funciones de fiscalización de los gravámenes a su cargo”.

Fuente: Surtidores.com.ar