La Corte ratificó la constitucionalidad de eliminar a un contribuyente del registro de despachantes

La Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón a la AFIP al ratificar la constitucionalidad de la eliminación del Registro de Despachantes de aquellos que presenten irregularidades investigadas y acreditadas en sumarios administrativos

El Máximo Tribunal de Justicia de la Nación revocó la sentencia que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal dictó sobre el fallo “RUGGERI, Héctor Horacio c/EN – M° de Economía y Producción Resol. 818/06 y Otro s/Proceso de Conocimiento”.

Según esta sala, la eliminación perpetua del registro equivale a una inhabilitación indeterminada en el ejercicio de la profesión, lo que constituía una sanción inconstitucional.

Contrariamente a esta argumentación y siguiendo los lineamientos del recurso interpuesto por la AFIP, la Corte Suprema revocó dicho decisorio ratificando el apego constitucional de la norma.