JUSTICIA | FALLO

La pobreza no es razón para separar a los niños de sus padres

La Justicia correntina lo ratificó en un fallo que ordenó el reintegro de dos menores a sus padres biológicos, luego de que fueran internadas en un hogar por desnutrición.

El Supremo Tribunal de Justicia entendió que no podía separarse a los menores de su familia biológica alegando carencia de recursos económicos y arguyó que la obligación del Tribunal era implementar medidas previas tendientes a mantener la unidad familiar.

El fallo respaldó el emitido por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, que había establecido la restitución de las menores a su familia en el 2007 en base a nuevas pericias realizadas por los miembros del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario del Juzgado de Menores y el médico psiquiatra del Cuerpo Médico Forense.

La causa se inició en 2004, debido a que una de las niñas presentaba una desnutrición de tercer grado, según se constató en un control médico en el Hospital Pediátrico Juan Pablo I en la capital de Corrientes.

La Jueza de Menores interviniente dispuso la internación de la menor y su hermanita en el Hogar “Tía Amanda”, y en el fallo se consideró que “un estado de desamparo moral y material y de adoptabilidad de las niñas y la cancelación inclusive de los permisos de visita concedidos a los progenitores".

"Todo ello por considerar que las mismas no tenían cubiertas sus necesidades de alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia de las situaciones potencialmente peligrosas y/o cuidados médicos, y padecían abandono emocional”, según se explicó en un comunicado del poder judicial correntino.

La familia de las niñas es de condición económica humilde y vive en un barrio periférico de la ciudad de Corrientes. El ingreso para mantener a tres chiquitas no supera los 400 pesos y los fondos provienen de un Plan Trabajar por parte del padre.

Sin embargo, los padres expresaron en la audiencia “su deseo de hacerse cargo del cuidado de sus hijas”, por lo que el alto cuerpo se pronunció “en contra de que la problemática económica y social de un grupo familiar constituya un argumento para declarar el estado de adoptabilidad de los hijos”.

Los miembros del Tribunal Supremo de Justicia manifestaron que “la carencia de recursos materiales no puede ser fundamento para una decisión judicial de separar a un niño de su familia. Esa separación sólo se justifica cuando se constata el fracaso de las medidas que debe disponer el tribunal para mantener la unidad familiar”. (INFOBAE)