ENTREVISTA A LA CDORA. MARÍA VICTORIA PARDO | AUTORA APLICACIÓN TRIBUTARIA

"Los trámites ante la IGJ han mejorado mucho"

Si bien desde hace un tiempo los trámites de solicitud de información ante la IGJ son gestionados internamente de manera electrónica, aún faltan muchos cambios que podrían facilitar la tarea de los contadores.

Para conocer en profundidad sobre este tema, y sobre los trámites que puede realizar el contador público ante este organismo, dialogamos con la Cdra. María Victoria Pardo, autora de varios títulos editados por Aplicación Tributaria.

¿Cuáles son los trámites que actualmente puede realizar el contador público ante la IGJ?

Los trámites que podemos inscribir los contadores son renuncia y designación de directores, cambio de sede social, aumento de capital hasta el quíntuplo. También podemos hacer el trámite de disolución y liquidación de sociedades, siempre teniendo en cuenta como esta estructura el estatuto de la sociedad.

¿Cuáles son las cuestiones prácticas en las cuáles una sociedad interactúa con la IGJ?

Una sociedad para tener legalidad debe inscribirse ante IGJ, desde el nombre hasta la inscripción para operar son observadas bajo la lupa del organismo. Luego en el caso de las Sociedades Anónimas deben cumplir con la presentación de los balances anuales. Los mismo para asociaciones civiles y fundaciones

¿Cuál es el instructivo que se debe seguir para la presentación de los estados contables?

Para el caso de las Sociedades Anónimas que no están incluidas en el Art 299 de la ley 19.550, se utiliza un aplicativo que se baja de la página de IGj, el cual es modificado cada dos años aproximadamente. Para SRL Y S.A del Art 299, la presentación requiere que se presente en forma manual pidiendo una seria de información más compleja, debido a que algunas de ellas cotizan en bolsa. En el caso de asociaciones civiles y fundaciones, hay una presentación previa y posterior a la asamblea, nomina actualizada de autoridades, balance a doble faz certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

¿Qué consecuencias puede ocasionar la no presentación de los estados contables ante la IGJ?

En caso de falta de presentación de dos balances, la tasa anual de IGJ, se duplica y al tercer balance sin presentar debe pagar la tasa máxima que actualmente es de $ 2.500.

¿Piensa que en el último año se han agilizado los trámites ante la IGJ?

Igj ha mejorado mucho en relación con la gestión anterior, los tramites salen más rápido, hay menos vistas. Incluso muchos trámites se pueden hacer por internet.

¿Qué cambios, a su modo de ver, todavía faltan para que constituir una sociedad sea un trámite más fácil y sin trabas?

Algo que debería implementarse es la presentación de balance via web. En cuanto a la constitución de sociedades, a partir del 01/07/2017 se implementara la formación de SRL en 24 horas, aun no estaba disponible la opción, veremos como funciona.

Por Ángeles Bellomo