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Vence el plazo para informar Bienes Personales al empleador

Vence hoy el plazo para que los empleados en relación de dependencia que hayan obtenido una suma igual o mayor de $ 72 mil de remuneración bruta, por todo el 2006, presenten la declaración informativa del Impuesto sobre los Bienes Personales.

Los datos se relacionan con los bienes que poseían los contribuyentes al 31 de diciembre de 2006, si superan los $ 102.300 deberían haber pagado el impuesto durante el mes de abril pasado.

A partir de este año, los empleadores no tendrán más la obligación de informar a la AFIP los datos de los empleados con incumplimientos, ni de recibir de sus empleados las constancias de presentación de las declaraciones juradas.

Tal como nos aclara el Departamento Técnico Legal Laboral del Estudio Arizmendi, el marco legal menciona como obligados a declarar a las personas residentes en Argentina que pagan por los bienes situados en el país y por los del exterior.

Los bienes gananciales los tiene que declarar el marido, salvo que se trate de bienes adquiridos por la mujer con el producto de su profesión u oficio; en este caso, no hace falta que se deje constancia de este hecho en la escritura, se puede demostrar con los ingresos obtenidos.

Respecto a los bienes a informar, los mismos pueden subdvidirse en las siguientes categorías:

Inmuebles.
Automóviles.
Dinero en efectivo y en cajas de seguridad.
Depósitos bancarios.
Títulos públicos y aportes a retiros privados.
Acciones con o sin cotización y participaciones societarias.
Bienes del hogar.

Definidos los bienes computables, el impuesto se calcula aplicando la tasa del 0,50% sobre lo que excede al mínimo exento de $ 102.300. Si la diferencia con el mínimo es mayor a $ 200.000, la alícuota se incrementa al 0,75%.

Fuente: INFOBAE PROFESIONAL