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En respuesta a:

  • Impuesto a las ganancias. Cargas de familia. Deducción

    8 de octubre de 2009, por eLeVe
    El egreso mensual correspondiente a la cuota de alimentos que le pasa un contribuyente a su esposa (están separados de hecho no divorciados), ¿se puede deducir en el impuesto a las ganancias en su totalidad?
    Al no estar separados legalmente, el contribuyente puede deducir como carga de familia a la esposa. El monto anual de la deducción por cónyuge es de $ 10.000
    Libro Recomendado
    Impuesto a las Ganancias Personas Físicas (Silvia R. (...)

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