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18 de febrero de 2010, por eLeVe
¿Existe un importe mínimo de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires?
De conformidad con el artículo 343 de la Disposición Normativa Serie B Nº 1/04, corresponderá practicar la percepción del impuesto sobre los ingresos brutos (régimen general) cuando la base de cálculo de la percepción (importe de la operación menos I.V.A., internos, etc.) arroje un importe igual o superior a $ 50.
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