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19 de febrero de 2010, por eLeVe
Los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben tener en cuenta el nivel de riesgo fiscal que poseen los sujetos pasibles de recaudación con el objetivo de determinar la alícuota de retención y/o percepción a aplicarles.
En esta oportunidad, la A.G.I.P. decidió disminuir la alícuota de percepción a aplicar a aquellos contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, que se encuentren comprendidos en el Padrón de contribuyentes (...)
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