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En respuesta a:

  • Empleados de comercio. Presentismo.

    27 de julio de 2010, por Diego Gimenez
    ¿El presentismo se liquida siempre que no se hayan producido inasistencias injustificadas, o hay alguna escala que lo gradúa según la cantidad de inasistencias?
    El presentismo se pierde a partir de la segunda falta injustificada, o sea si el empleado falta un día sin justificación no pierde el presentismo. Tampoco lo pierde si se ausenta por enfermedad, accidente, u alguna de las licencias contempladas por ley (artículo 40 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75).
    Libros recomendados: (...)

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