El art 152 "..., o por otras causas no imputables al mismo." El art 204 habla de la prohibición de trabajar después de las 13 horas del sábado y hasta el domingo a las 24 hs. Se le imputa al trabajador la ley y el articulo??? En la empresa que trabajo solo cuentan los días efectivamente laborados. Por eso a un trabajador que ingreso el 18 de noviembre le otorgan un día. Gracias