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10 de enero de 2012
Un contribuyente que pertenece a un condominio con 5 personas mas, que alquilan a COTO un inmueble, cuando va a cobrar la parte que le corresponde, este cliente le paga individualmente a cada uno de los propietarios y le realiza la retención individual, o sea coloca el número de C.U.I.T. de cada uno y no el C.U.I.T. del condominio, ¿esto está bien?
El condominio no es sujeto del impuesto a las ganancias, debiendo tributar el impuesto cada uno de los condóminos en proporción a su participación (...)
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