Los empleadores que registren un empleado -inclusive- se encuentran obligados a partir del período devengado febrero de 2008 a generar la declaración jurada determinativa y nominativa de sus obligaciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social (F. 931) a través de la página de internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), mediante el ingreso al sistema “Su Declaración”, según consta en el artículo Nº 2 de la Resolución General Nº 2407 que fue publicada (...)