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En respuesta a:

  • Impuesto a las ganancias. F. 649

    22 de enero de 2013
    ¿Cuándo corresponde presentar ante AFIP el F. 649?
    El formulario F. 649 se confecciona hasta el 28 de febrero de cada año como liquidación anual y en oportunidad de la desvinculación de un empleado como Liquidación final. El F. 649 se confecciona en forma manual y no se presenta ante AFIP, sólo se mantiene a disposición en el legajo del empleado ante un requerimiento de AFIP.

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