A pesar de la prórroga dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) para la presentación de las declaraciones juradas, el 13 de junio comienza a vencer el plazo para que las personas físicas y sucesiones indivisas y las sociedades con cierre de ejercicio en diciembre, contribuyentes de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales lleven a cabo el ingreso del primer anticipo a cuenta del tributo.
Teniendo en vista la (...)