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En respuesta a:

  • Trabajador jubilado. Antigüedad

    25 de febrero de 2009, por eLeVe
    ¿Un empleado que reingresa después de haberse jubilado mantiene la antigüedad para el pago de dicho concepto (antigüedad) y para las vacaciones?
    De acuerdo al artículo 18 de la Ley de Contrato de Trabajo mantiene su antigüedad para las vacaciones y adicionales basados en ella.
    Libro recomendado:
    Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales (8º Edición)

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