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ANSES apelará un fallo judicial que ordenó actualizar la PBU del haber de un jubilado

La PBU había permanecido congelada desde 1997, según la evolución del salario de la industria y la construcción.

"Hay una ley que obliga a la ANSES a apelar las sentencias", explicaron a DyN en el ente previsional, sin dar mayores detalles.

El fallo de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social implica un antecedente riesgoso, porque podría sentar jurisprudencia para otros juicios iniciados por el mismo reclamo, con el consiguiente costo para las arcas de la ANSES.

Se estima que si la medida se generalizara para el resto de los jubilados, significaría un costo fiscal adicional cercano a los 700 millones de pesos anuales.

La sentencia de la Cámara -adoptada por mayoría- representa el primer caso de una demanda en reclamo de actualización de la prestación básica que llegaría a la Corte Suprema de Justicia.

La PBU es una parte de la jubilación y se compone de una suma fija de dinero, a la que tiene derecho todo afiliado al Sistema Integral de Jubilaciones y Pensiones (a partir de octubre de 2008, Sistema integrado Previsional Argentino) y que actualmente es de 422 pesos.

Desde la entrada en vigencia la ley de movilidad jubilatoria -a principios de 2009- ese monto se actualiza semestralmente, pero antes de esa normativa, la PBU permaneció congelada por casi 10 años en 200 pesos, lo que originó una gran cantidad de demandas judiciales.