IMPOSITIVA

Amplían controles de lavado de activos en Registros Automotores

La Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, estableció los controles que deben hacer los encargados de registros seccionales, a fin de prevenir los delitos de lavado de activos y de financiación del terrorismo.

Mediante la disposición 166/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, se sustituyó la resolución 197/11, a fin de adecuarla a la nueva reglamentación del organismo de aplicación (la Unidad de Información Financiera, UIF).

La nueva norma establece que "corresponde realizar un control más exhaustivo por parte de los sujetos obligados, respecto de los usuarios que reúnan la condición de Personas Expuestas Políticamente, según la definición realizada por la UIF".

En ese sentido, los registros seccionales "deberán reforzar todas las medidas necesarias tendientes a determinar cuál es el origen de los fondos que involucren sus operaciones, considerando su razonabilidad y justificación económica y jurídica".

Además, en los Reportes de Operaciones Sospechosas en que se encuentren involucradas Personas Expuestas Políticamente, el registro seccional deberá dejar constancia al efectuar la descripción de la operatoria.