Argentina acordó nuevo convenio con Chile para evitar la doble imposición e intercambiar información fiscal

El 22 de abril, nuestro país concluyó la renegociación y acordó el nuevo Convenio para evitar la Doble Imposición Internacional e intercambiar Información Fiscal y Financiera con Chile.

Este nuevo instrumento forma parte de la estrategia de transparencia fiscal impulsada por el Gobierno Nacional desde 2009 y las recomendaciones del G-20 sobre la exigencia de un comportamiento fiscal responsable, situación que impulsó a la AFIP a extender su red de acuerdos internacionales con el objetivo de potenciar las tareas de fiscalización a nivel internacional sobre los contribuyentes globales.

También, este nuevo Convenio concluye -luego de las renegociaciones con España y Suiza el proceso de evaluación y revisión de los objetivos de política tributaria internacional de la "Comisión Evaluadora y Revisora de Convenios para Evitar la Doble Imposición" a fin de analizar los convenios internacionales respecto a la posibilidad de que su aplicación conduzca a la "doble no tributación"; es decir evitar que un contribuyente no pague impuesto en ninguno de los países signatarios del Acuerdo.

Chile es un socio comercial estratégico para nuestro país.

En una negociación integral y profesional del viejo convenio suscripto con Chile, la AFIP puso bajo la lupa efectos impositivos nocivos a los intereses argentinos, lo que derivó en la decisión de denunciar el acuerdo.

El nuevo convenio acordado establece:

1. Impide la "doble no tributación" que grupos económicos concentrados de capitales argentinos desarrollaron estructurando sus negocios a través de una sociedad plataforma holding’ radicada en Chile: por medio de un memorando de entendimiento se estableció que las disposiciones del nuevo convenio no son aplicables a las sociedades plataforma chilenas, y que este criterio es aplicable desde el inicio de la vigencia del anterior instrumento internacional.

2. No permite que contribuyentes individuales argentinos inviertan en bonos de Chile con el único objetivo de no pagar Impuesto sobre los Bienes Personales en Argentina: el viejo Convenio permitía a un contribuyente argentino adquirir bonos chilenos sin tributar el Impuesto sobre los Bienes Personales en Argentina.

Ya en 2008 se analizó el convenio con Austria, que fue denunciado y dejó de tener efectos en enero de 2009 para evitar que argentinos compren bonos austríacos y no paguen Bienes Personales. El resultado fue que los planificadores fiscales que asesoraban a residentes argentinos "aconsejaron" a sus clientes comprar bonos chilenos que tenían una cláusula similar para minimizar su carga fiscal de manera abusiva.

Los números son evidentes: del 2007 al 2010 se "fugaron" de Austria $ 9.631 millones de inversiones argentinas. Como contrapartida, al 2010 ya existían $ 5.433 millones invertidos en bonos chilenos, un incremento del 752% en tres años.

El nuevo convenio excluye esBienes Personales. Las sociedades argentinas cuyos accionistas eran chilenos no tenían la obligación de "retener" el 0,5% sobre el patrimonio e ingresar sobre este impuesto en nombre del accionista extranjero.

De esta manera, muchas multinacionales de terceros países -automotrices, supermercados, mineras, petroleras c industrias manufactureras - invirtieron más de $ 20.000 millones en la Argentina a través de "holdings" chilenos con el único propósito de evadir. Esto implicó una pérdida de recaudación de más de $ 100 millones al año. Obviaes novedad, Argentina adhirió recientemente al Acuerdo entre Autoridades Competentes para la aplicación del Estándar Global referido al Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras entre las autoridades fiscales -reunidos en el Foro Global Sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales que se desarrolló en Berlín en el año 2014- los que declararon su compromiso de intercambiar una amplia gama de información sobre cuentas en el extranjero , incluidos los saldos de las cuentas y la propiedad efectiva. Floy son 99 países los zas financieras del exterior.

Como conclusión, este nuevo convenio recoge los objetivos planteados por ambos países en mutuo beneficio, con el fin de dar una plataforma favorable para nuevas inversiones y la creación de puestos de trabajo.

La renegociación profesional y con altos estándares técnicos de los Convenios con asimetrías fiscales es un camino prudente y equilibrado para que los fiscos de ambos países no vean mermado su recaudación y que la mecánica para evitar la doble imposición sea beneficiosa para ambas partes.

Fuente: elcronista.com