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Desde el jueves, los trabajadores podrán cambiarse de régimen jubilatorio

Desde el jueves y hasta el 31 de diciembre, los trabajadores afiliados al sistema de capitalización podrán optar por pasarse al régimen de reparto, de acuerdo con el Decreto N° 313/2007, mediante el cual se reglamentó la reforma jubilatoria establecida por la Ley N° 26222.

En el cuadro que sigue a continuación, eLeVe le informa acerca del mecanismo establecido para ejercer la posibilidad de optar por el régimen de reparto:

De todas maneras, los traspasos de esta primera etapa se efectivizarán a partir del 1° de enero de 2008, y el afiliado deberá permanecer por un período de cinco años, cuando podrá volver a optar. En cuanto, los aportes de los trabajadores “indecisos” que no elijan dentro de los primeros 90 días de entrar en el circuito laboral irán al régimen de reparto.

Luego de esta oportunidad inicial de ejercer la libre opción, la medida establece una reapertura cada cinco años, y se pueda optar por uno u otro sistema previsional.

Además, los aportes de los trabajadores en relación de dependencia serán del 11 por ciento de las remuneraciones devengadas de los nuevos trabajadores que se incorporen al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) a partir del 28 de mayo de 2007, cualquiera fuera el régimen el régimen por el que opten (capitalización o reparto), mientras que a partir del 1º de enero de 2008 la medida se extenderá a la totalidad de trabajadores.

Por otra parte, la reforma estableció la modificación de la base sobre la que se calculan los aportes previsionales para las remuneraciones del personal en relación de dependencia (75 MOPRE, es decir $ 6.000). La medida comenzará a regir con los sueldos a partir del 1º de abril de 2007.

Según informó AFIP, los interesados pueden comunicarse con el Centro de Información Telefónica al 0810-999 AFIP (2347), de lunes a viernes de 8 a 20 horas, o bien vía correo electrónico a mayuda@afip.gov.ar.

Ver resumen de la norma