IMPOSITIVA

El Gobiernó decidió "facilitar el cumplimiento" de las deudas fiscales y previsionales de medios de comunicación

El Gobierno decidió modificar algunos puntos del articulado del régimen de cancelación de deudas fiscales y previsionales para medios de comunicación, con el objetivo de "facilitar su cumplimiento".

Lo hizo a través de la Resolución Conjunta 2869 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y 404/2010 de la Jefatura de Gabinete, las cuales modifican la Resolución Conjunta 2807 y 132/2010 de marzo de este año. Entre los considerandos, la normativa destacó que "atento a las inquietudes puestas de manifiesto por los titulares de medios de comunicación, resulta aconsejable adecuar dicho procedimiento en orden a facilitar el cumplimiento y aplicación del régimen".

De todos modos, la cuestión de fondo del régimen se mantuvo de la misma manera, es decir, que los titulares de los medios de comunicación que manifiesten, a través de la suscripción del correspondiente "Acuerdo de Adhesión", su voluntad de acogerse al régimen establecido por el Decreto 1145/09, podrán cancelar la totalidad de sus deudas fiscales y de la seguridad social, hasta el 31 de diciembre de 2008, con más sus intereses resarcitorios y punitorios, mediante la dación en pago de espacios publicitarios en la programación de las emisoras o en sus publicaciones. Asimismo, podrán optar por dicho procedimiento los titulares de medios de comunicación que hubieran adherido al procedimiento de dación en pago dispuesto en el mismo, y la referida dación no se hubiera efectivizado hasta la fecha.

En todos los casos, la solicitud de adhesión deberá formalizarse hasta el día 31 de diciembre de 2010.