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La AFIP intimará a todos aquellos que no viajen a que devuelvan la moneda extranjera que solicitaron

La AFIP profundizará los controles para todas aquellas personas que compraron dólares –o cualquier otra moneda– para viajar al exterior y no hayan realizado el viaje, los devuelvan. En principio tendrán un plazo no mayor a cinco días que es lo que prevé la normativa vigente.

Es que las estadísticas que maneja la AFIP estarían mostrando que el fenómeno se repitió buena parte de 2012. Sólo en junio del último año, 34.500 personas compraron moneda extranjera y aproximadamente un 20% no realizó su viaje. Una fuente del sector se animó a dar una estimación de lo ocurrido en la segunda parte del año al señalar que “potencialmente hablamos de unas 40.000 personas que podrían haber adquirido divisas y que no habrían concretado su viaje”.

“Es probable que la AFIP comience a enviar notificaciones a los contribuyentes que no registran salidas del país, informándoles respecto de las inconsistencias detectadas y recordando que la presentación de declaraciones juradas con datos inexactos puede ser sancionada con la aplicación de multas y hasta con la suspensión de la CUIT”, señalaron en el sector. De todas formas, sostienen que tal como ocurrió a mediados del año pasado, el organismo deberá, primero, avisar al Banco Central (BCRA) para que evalúe la aplicación de sanciones de la Ley Penal Cambiaria.

En aquella oportunidad la AFIP aseguró que había cruzado información con las bases de datos de la Dirección Nacional de Migraciones para “constatar la efectiva realización de los viajes declarados ante el organismo”. Además, el organismo había afirmado que en esos casos de supuesto fraude Uruguay aparece como principal destino elegido para hacer la compra.

En rigor, la normativa vigente señala que Dirección Nacional de Migraciones (DNM) es la encargada de generar esa información, que le permitirá al Gobierno comprobar que quienes hayan gozado del “privilegio” de comprar legalmente divisas a precios más bajos (que el paralelo) efectivamente las usen con el fin que habían declarado. La DNM tiene a su cargo la base de datos sobre el ingreso y la salida de personas del país. Desde julio de 2012 está obligada a informar esos movimientos para que la AFIP y el Banco Central (BCRA) los crucen con los datos de las personas que pasaron por los mostradores de bancos o casas de cambio para comprar por su viaje al exterior.

Según la normativa del Central, en caso de que un viaje no se concrete los contribuyentes deberán reintegrar los dólares adquiridos en un plazo de no más de 5 días, o atenerse a las penas que fija la Ley Penal Tributaria. Dicha ley establece que el infractor podrá ser obligado a pagar una multa de hasta diez veces el monto de la operación con la que se cometió la infracción, o incluso prisión de uno a cuatro años en caso de reincidencia. La normativa señala que en el caso de postergar un viaje, se otorgará un plazo de diez días para concretarlo.

Fuente: El Cronista