VACÍO LEGAL

Las empleadas domésticas no pueden tomarse licencia por maternidad

La Administración Federal de Ingresos Públicos viene desarrollando una intensa campaña para lograr la regularización de los trabajadores domésticos con un incentivo positivo para el empleador, posibilitando la deducción del Impuesto a las Ganancias de los pagos efectuados en concepto de salarios a dicho personal.

Sin embargo, ese esfuerzo se contradice con el hecho que el régimen del personal doméstico no contempla, entre otros beneficios, la licencia por maternidad.

Por increíble que parezca, la ley parece presumir que las trabajadoras domésticas no tienen derecho a ser madres. En efecto, las empleadas domésticas están fuera de la ley de contrato de trabajo. Su actividad está regida por el Decreto Ley N° 326/56, que no contempla la licencia por maternidad como tampoco el fondo de desempleo ni el seguro por accidente.

Por consiguiente, el pago del período de licencia por maternidad queda librado a la buena voluntad del empleador, ya que el personal carece de todo respaldo legal al respecto.

A diferencia de lo que ocurre con el resto de las trabajadoras, en este caso el ANSES no efectúa el pago de la asignación por maternidad.

Se trata de un insólito vacío legal que los legisladores deberían tratar de llenar cuanto antes. (ELSALARIO.COM.AR)