IMPOSITIVA

Registro de Operaciones Inmobiliarias
3 de septiembre de 2010 12:15

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Un contribuyente debe realizar el pago de un alquiler correspondiente al mes de septiembre de 2010, por un contrato celebrado en 2009. Por el monto del alquiler, el locador debería estar empadronado en el Registro de Operaciones Inmobiliarias y cumplimentar el régimen de información. ¿Al realizar este pago, ya se debe solicitar la constancia de cumplimiento del régimen de información previsto en la Resolución General Nº 2820, o dicha obligación rige a partir de octubre?

Si el contrato fue celebrado con anterioridad al 1º de agosto de 2010, encontrándose vigente el mismo a dicha fecha, el locatario al efectuar el pago de dicha locación con posterioridad al 1º de agosto de 2010, siempre que el alquiler a pagar neto de IVA sea igual o superior a $ 8.000 deberá contar con la constancia de cumplimiento del régimen de información por parte de locador, aunque este último tenga tiempo para informar el contrato hasta el 30 de septiembre de 2010. Caso contrario deberá practicar la retención del impuesto a las ganancias sin tener en cuenta el monto no sujeto de retención de $ 1.200 y aplicando la alícuota del 28%.

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