IMPOSITIVA

Rentas Córdoba reglamentó la suba de alícuotas de percepción

La Dirección General de Rentas reglamentó la Resolución 37/2012 de la Secretaría de Ingresos Públicos, que incrementa en un 100% la percepción que aplica la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) a los contribuyentes que posean los siguientes Códigos de Actividad y las equivalencias con los códigos de Convenio Multilateral:

- 63100. Restaurantes y otros establecimientos que expendan bebidas y comidas

- excepto boites, cabarets, cafés-concert, dancings, clubes nocturnos y establecimientos de análogas actividades.

- 63200. Hoteles y otros lugares de alojamiento.

- 63201. Hoteles alojamiento por hora, casas de citas y establecimientos similares.

- 84901. Boites, cabarets, cafés-concert, dancings, clubes nocturnos, confiterías bailables y/o con espectáculos, discotecas, pistas de baile y establecimientos análogos.

- 84902. Expendio de bebidas en espacios (barras, puntos de venta, etc.) ubicados dentro de los establecimientos previstos en el Código 84901.

Según la Resolución 50/2012 de Rentas, publicada hoy en el Boletín Oficial, se practicarán dichas percepciones respecto de los sujetos pasibles que se encuentran comprendidos en la nómina que pondrá a disposición la Dirección en el Sitio Seguro de Transferencia de Archivos (https://www.dgrcba.gov.ar/archivos/faces/index.jspx).

La empresa deberá ingresar la clave y usuario otorgados a tal fin dentro de la URL mencionada para obtener el archivo (sujetospasiblesResSip37-2012fecha.zip) con la nómina actualizada de sujetos alcanzados que Rentas pondrá a disposición el último día hábil de cada mes y regirá a partir del primer día del mes siguiente.

La percepción no deberá aplicarse a los contribuyentes a los cuales se les haya extendido el certificado de exclusión, cuyo procedimiento también se establece en la norma del organismo recaudador provincial.