ECONOMÍA

Shell deberá responder por situación laboral de empleados en estaciones de servicio

La petrolera Shell deberá responder por la situación laboral de los empleados de las estaciones de servicio, así sean estas empresas independientes. Un reciente fallo de la Sala VII del Tribunal de Apelaciones de la Cámara del Trabajo sentenció a Shell a responder por las sanciones que recayeron en la firma propietaria de una estación de servicio ante un juicio por despido indirecto. El caso se inició cuando una empleada de la estación de servicio, tras una licencia por maternidad, se consideró despedida porque le asignaron tareas de limpieza cuando antes de la licencia manejaba la caja del minimercado de la estación.

La mujer obtuvo un fallo favorable en primera instancia, que le otorgó el pago de una indemnización por despido, incrementado por la situación de embarazo y las multas, de los que debían hacerse cargo ambas firmas.

Shell y el estacionero apelaron, pero la Cámara estableció al respecto que ambas firmas tienen “un objeto social común”, que es el expendio de combustibles. Como la comercialización no se puede separar del ciclo productivo de Shell, en realidad esta deriva una parte sustancial de sus operaciones en una subcontratada –la estación de servicio–. “Se trata de un ciclo único que no se puede fraccionar”, señaló el fallo, que indicó que Shell sólo podría desentenderse de sus obligaciones si se tratase de una actividad “extraordinaria”. La sentencia se basa en el artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo. Incluso, el fallo indica que Shell es solidaria más allá de que la relación de subcontratación con la estación de servicio fuera fraudulenta, o no hubiese controlado que cumplía las leyes laboral y previsional. Así, la sentencia involucra a todas las petroleras y estaciones de servicio.

Fuente: Tiempo Argentino