ECONOMÍA

Un comité del Ciadi anuló totalmente el fallo de Sempra contra la Argentina

Un comité del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial anuló ayer un laudo de 2007 que había sido dictado a favor de la compañía norteamericana Sempra Energy International, que había logrado una indemnización de u$s 128 millones por supuestas pérdidas generadas por la pesificación y congelamiento de tarifas.

Aunque no sienta precedentes, implica también un duro revés para los bonistas que no entraron al canje y decidieron avanzar con una demanda al país en el Ciadi. Para el caso, podría aplicarse el mismo tratado que reconoció la crisis argentina. Sempra presentó la demanda a fines de 2002 ante el Ciadi a raíz de las medidas de emergencia tomadas por el país para hacer frente a la crisis de fines de 2001. La compañía estadounidense alegó que violaban el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) firmado entre la Argentina y los Estados Unidos.

El tribunal del Ciadi que entendió en el caso dictó un laudo el 28 de septiembre de 2007 condenando a la Argentina al pago de más de u$s 128 millones más intereses.

La Procuración del Tesoro, que representa al país, solicitó la anulación alegando, entre otras razones, que el tribunal se había extralimitado manifiestamente en sus facultades al no aplicar el artículo XI del tratado que autorizaba a tomar las medidas cuestionadas.

El artículo XI de ese tratado autoriza a los Estados a tomar medidas necesarias para mantener el orden público y proteger sus intereses esenciales de seguridad. Específicamente establece que “El Tratado no impedirá la aplicación por cualquiera de las Partes de las medidas necesarias para el mantenimiento del orden público, el cumplimiento de sus obligaciones para el mantenimiento o la restauración de la paz”.

La defensa argentina –encabezada por Osvaldo Guglielmino primero y desde enero pasado por el actual procurador Joaquín Pedro da Rocha– manifestó que las medidas de emergencia adoptadas para hacer frente a la crisis estaban permitidas por ese artículo.

El comité del caso Sempra –una suerte de tribunal de alzada dentro del sistema del Ciadi– decidió por unanimidad anular totalmente el laudo dictado en ese caso en virtud de que el tribunal se había extralimitado manifiestamente en sus facultades al no aplicar el artículo XI del tratado con Estados Unidos.

Además, según informó la Procuración del Tesoro, ordenó a la compañía norteamericana reembolsar a la Argentina el monto total de los costos del laudo de anulación.

Se trata de la primera anulación total de un laudo Ciadi contra la Argentina. Anteriormente se había anulado parcialmente el laudo dictado a favor de la compañía norteamericana CMS Gas Transmission Company.

Durante el procedimiento de anulación, Sempra había intentado embargar preventivamente la casa museo en la que vivió el general José de San Martín en Boulogne Sur Mer, Francia, y el edificio del Colegio Mayor Nuestra Señora de Luján en España. Con la decisión de anulación, Sempra ha perdido todo derecho a cobrar el monto del laudo y todos los embargos quedarán sin efecto.

(El Cronista)