IMPOSITIVA
Un millón de empleados deberán pagar más ganancias en 2012 si no se aprueba una ley
Un error "formal" puede terminar obligando a más de un millón de empleados en relación de dependencia a pagar más en el 2012 por el impuesto a las Ganancias, advirtieron hoy legisladores de la oposición y tributaristas.
Es que el Gobierno no incluyó en la ley de Presupuesto un artículo autorizando la suba de los pisos del Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia, como hizo el año pasado, aunque sin lograr la aprobación de esa iniciativa. Tampoco envió al Parlamento normativa alguna que contemple la reducción de Ganancias de los últimos dos años.
Legisladores de la oposición advierten que si no se cuenta con esa legislación, se corre el riesgo de que hacia febrero próximo, la AFIP deba exigir a los trabajadores que paguen la diferencia por los dos años durante los cuales el organismo recaudador dejó de percibir una parte de esas retenciones mensuales.
El tema es seguido de cerca por legisladores que integran la Comisión de Presupuesto y Hacienda como su vicepresidente primero, el radical Miguel Giubergia, y el secretario, el integrante del Peronismo Federal Walter Agosto.
El Poder Ejecutivo tampoco incluyó en el proyecto de Presupuesto un artículo que lo autorice a volver a subir los pisos de Ganancias en 2012, advirtieron tributaristas.
Los expertos alertan que si el Congreso no aprueba las subas del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría eso obligará a los empleados en relación de dependencia un pago mayor en la liquidación final del impuesto, en febrero de 2012, y, en la medida que no haya cambios, afectará a las personas cuyos ingresos actualmente superen los 4.000 pesos.
La cuarta categoría afecta a las ganancias personales producidas por la renta del trabajo. En la actualidad, hay más de 1 millón de trabajadores en relación de dependencia que son alcanzados por este tributo y los empleadores realizan las retenciones mensuales teniendo como base de cálculo el nuevo monto del mínimo no imponible.
Pero desde el Congreso alertan que al no haber dado un aval para estos incrementos, la AFIP tiene en cuenta las nuevas cifras sólo para el cobro de los descuentos en los recibos de sueldo, pero no para la liquidación final del impuesto, que es de cálculo anual y que se abona en febrero de cada año posterior al de los ingresos en el caso de los asalariados.
Fuente: Noticias Argentinas