INFORMACIÓN GENERAL

Anulación de la Declaración Jurada Anticipada de Importación en estado de "observada"

A partir del 3 de octubre de 2012 se instrumentó en el sistema informático de la AFIP la opción que permite anular una DJAI que se encuentre en estado de "observada", siempre que haya transcurrido el plazo de 30 días desde el momento en que quedó en esa situación.

Se refiere a aquella que por diversos motivos perdió interés para el importador o fue sustituida por otra, quedando sin efecto la operación que se pretendía realizar.

Esta herramienta tiene por objeto el sinceramiento de los antecedentes de cada importador, a fin de que subsista sólo aquella solicitud que se mantiene en vigencia.

Fuente: CAC