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Aprueban multas de hasta $ 20.000 por exceso de velocidad en la Ciudad

Los legisladores porteños sancionaron ayer cambios al Código de Faltas que contemplan una suba del valor que tendrán de aquí en más las multas que resulten de infracciones sobre el incumplimiento del uso del espacio público, de las normas de tránsito y transporte y también sobre la venta de alimentos y las obras de construcción, entre otras áreas.

El texto de reforma al régimen de faltas, cuya norma original es la 451 y cuenta 336 artículos, fue elaborado por el Ejecutivo porteño y recibió una aprobación en el marco de la sesión ordinaria del Parlamento con 37 votos afirmativos, cinco negativos y 14 abstenciones.

En rigor, las faltas cometidas por la ciudadanía en el ámbito porteño están reguladas por un sistema de penas económicas que no está expresada en pesos dentro del texto de la ley, sino que se rige por el método de “unidades fijas” (UF).

El valor de esas UF era actualizado periódicamente por la Legislatura, pero de acuerdo a la ley sancionada este jueves, a futuro el precio estará atado a lo cueste medio litro de nafta súper.

En consecuencia, hasta hoy, la UF eran de 1,66 pesos, pero se estima que se irán por encima del valor actual notablemente en algunos casos ya que el combustible elegido está por arriba de los 8 pesos el litro, es decir, que la mitad rondará los 4,25 pesos. Entre las reformas aplicadas al Código figuran las que abarcan la comercialización de alimentos y establece que "quien elabore, fraccione, envase, conserve, distribuya, transporte, exponga, expenda, importe o exporte productos alimenticios que no cumplan con las disposiciones en materia bromatológica será sancionado con multa de 13.700 a 137.000 UF”.

Si se avanza en una obra no autorizada, en tanto, el o la responsable de la ejecución en contravención a las normas vigentes será multado con penas de entre 13.700 a 171.000 UF o “cuando su responsable fuere profesional o empresario, la sanción podrá llegar a las 342.000 UF”.

Entre las modificaciones en materia de tránsito y transporte, sobresale la que contempla límites a la velocidad de quienes circulen a bordo de un automóvil y fija multas por hasta 4.000 UF a quienes superen los máximos permitidos y cuando el infractor sea un conductor de un vehículo afectado a servicio de taxis, remises, colectivos o escolares el valor se elevará al doble.

Por otra parte, quien deje en la vía pública residuos fuera de los horarios permitidos, en recipientes antirreglamentarios o no cumplan con la separación en origen recibirá una sanción de entre 50 a 700 UF y cuando la falta sea cometida por una sociedad comercial o los residuos provengan de un establecimiento en el que se desarrollen actividades comerciales o industriales, el responsable será multado con hasta 5.500 UF y la clausura.

Fuente: Info News