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Bienes y maquinarias usados para importar deberán ser reacondicionados

El Gobierno dispuso que los bienes y maquinarias usados que se pretendan importar, deberán pasar previamente por un proceso de reacondicionamiento o reconstrucción en su país de origen o en el territorio nacional.

La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, dispone que los artículos importados usados deberán tributar aranceles del 28, del 14 y del 6 por ciento, según corresponda. El decreto en cuestión, el 2646, establece que el Ministerio de Industria tendrá que autorizar las operaciones y que los importadores deberán presentar previamente un pedido para poder ingresar los productos.

Los artículos alcanzados son reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos.

También se incluyen máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o de reproducción de sonido, aparatos de grabación o de reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.

Otro grupo comprende a vehículos y material para vías férreas o similares y sus partes; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para vías de comunicación vehículos automóviles, tractores, ciclos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios.

El decreto incorpora también aeronaves, vehículos espaciales y sus partes, barcos y demás artefactos flotantes, instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.

El decreto dispone que en caso de que los artículos no cumplan con los requisitos deberán ser exportadores de forma inmediata.