IMPOSITIVA
Comercios de La Plata sin posnet pagarán una "sobrealícuota"
Los comercios de la Ciudad que no tengan el denominado sistema “posnet” para el cobro con “dinero plástico” pagarán una sobrealícuota en la Tasa municipal por Seguridad e Higiene que tributan los emprendimientos comerciales e industriales. Así quedó establecido en el nuevo Código Tributario aprobado por el Concejo Deliberante y la Asamblea de Vecinos Mayores Contribuyentes y que, como se informó, contiene ajustes en todas las tasas municipales así como nuevos regímenes de exenciones y otros cambios en los mecanismos de recaudación del Municipio que regirán a partir del 1º de enero de 2013.
Entre esas modificaciones se incluyó la creación de una “sobrealícuota” para los comercios que no tengan sistema para vender con tarjetas de débito, modalidad que desde el área de Economía y la Agencia Platense de Recaudación del Municipio se definió como “igual a la transacción en efectivo”, a diferencia de las tarjetas de crédito que suponen una demora en el cobro de la mercadería vendida. En ese sentido aclararon que la exigencia será únicamente para las tarjetas de débito, quedando liberados los comerciantes de decidir si incorporar o no la venta con tarjetas de crédito.
La alícuota con la que se calcula la Tasa por Seguridad e Higiene está relacionada con la facturación de los comercios y, en virtud de ello, dividida en varias categorías. En el nuevo Código Tributario se establece que las alícuotas para el cálculo de cobro de la Tasa por Seguridad e Higiene se ajustarán entre el 4 y el 10 por mil y que en el caso específico de la Categoría G que nuclea al comercio al por mayor y menor la alícuota general se llevará al 10 por mil con pagos mínimos entre $250 y $300.
En el caso de los comercios que no cuenten con sistema posnet para venta con tarjeta de débito, a la alícuota que le corresponda por la categoría a la que pertenezca se agregará una “sobrealícuota” del orden del 5 por mil de la facturación anual que declaren a Arba, dividida en seis bimestres. La norma fue votada por mayoría de 35 votos a 8 durante la última sesión de concejales y Vecinos Mayores Contribuyentes en que se aprobaron las nuevas reformas al andamiaje recaudatorio de la Comuna.
Fuente: "El Día"
Evasión Desde la comisión de Hacienda del Concejo Deliberante, la concejal bruerista Lorena Riesgo explicó que la idea de agregar un recargo en la alícuota de la Tasa de Seguridad e Higiene a los comercios que no vendan con tarjetas de débito, se orienta a “cortar los circuitos de la evasión y darle al mismo tiempo al consumidor una herramienta para facilitar sus compras”. Riesgo explicó que no todos los comercios de la Ciudad quedarán incluidos en esa cláusula sino que el requisito se ajustará exclusivamente a los que hayan declarado en el año anterior una facturación anual de $300.000 en adelante. La edil insistió en que la venta con tarjeta de débito no es igual a la de crédito “porque el débito es prácticamente dinero en efectivo”, al tiempo en que señaló que “una de las formas de la evasión fiscal es evitar este tipo de ventas a consumidor final puesto que las operaciones no quedan registradas”.
La norma, se indicó, regirá a partir del 1º de enero de 2013 junto con otras medidas que tienen que ver con la actividad comercial como ajustes en Publicidad y Propaganda y Uso del Espacio Público.
En el primer rubro se señaló que el régimen de publicidad y propaganda que fue simplificado el año pasado determina que los comercios que facturan hasta $500.000 anuales pagarán un máximo de $200 por bimestre en concepto de publicidad, tributo que este año se fijó en $100. En tanto, el costo por uso de cada metro cuadrado de espacio público, como las veredas, pasará a cobrarse $100 en lugar de $ 50 mientras que en el caso de los vehículos pintados con publicidad o “ploteados”, se considerará el uso de dos metros cuadrados por vehículo en tanto las sillas, mesas y sombrillas que suelen colocar en las veredas bares y restoranes se consideran a razón de un cuadrado de espacio público por cada juego de esos artículos.
En tanto se estableció que confiterías, bares y restaurantes, donde se realicen espectáculos en vivo pagarán $500 mensuales y los salones de baile o confiterías bailables donde se cobre entrada o consumición pagarán $500 es decir que en ambos rubros la suba será de $200.
5 por mil Los comercios que no cuenten con sistema posnet para venta con tarjeta de débito, a la alícuota que le corresponda por la categoría a la que pertenezca se agregará una “sobrealícuota” del orden del 5 por mil de la facturación anual que declaren a Arba

