Córdoba: El proceso por el fraude a una ART quedará en la Justicia provincial

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) concluyó que las presuntas estafas contra la aseguradora de riesgos del trabajo “ART Provincia” deben ser juzgadas por un tribunal provincial.

Según informó la Justicia de Córdoba, la Sala Penal del Alto Cuerpo rechazó un planteo defensivo que sostenía, entre otras cosas, que los hechos investigados eran de competencia federal y, en consecuencia, confirmó la elevación a juicio de la causa.

Los imputados argumentaban que la “ofendida” por las presuntas maniobras fraudulentas era la Superintendencia de Aseguradoras de Riesgos (SRT), una entidad nacional, que administra el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP).

Según los abogados acusados de formar parte de una asociación ilícita, la aseguradora damnificada puede reclamar al fondo fiduciario y obtener la devolución de los juicios laborales abonados a causa de las supuestas operaciones ilegales.

Sin embargo, el TSJ insistió en que, hasta ahora, la única que pagó fue la ART Provincia. Por consiguiente, consideró “absurdo” negarle a la ART Provincia el carácter de ofendida, a pesar de los desembolsos patrimoniales que efectuó y atribuirle ese carácter al FFEP, que no realizó ningún pago, aduciendo que se trata de tentativas de estafas.

“Las posibilidades de recupero -si existieran- (lo que no surge de la causa), no cancelan la comisión de los ilícitos, como es sabido”, enfatizó el Alto Cuerpo.

“Si estas aseguradoras son personas de derecho privado (art. 26, 1°, de la Ley de Riesgos del Trabajo), no se explica por qué habría que desplazar la jurisdicción provincial hacia la federal por una expectativa de devolución no concretada por la ART Provincia, ni menos aceptada por la SRT”, agregó el TSJ.

También se descartó la posibilidad de desplazar la causa a la jurisdicción federal por la intervención de la casa central de la ART, con sede en Buenos Aires, en los acuerdos firmados entre los abogados de la empresa y los letrados de los particulares que reclamaban el pago de indemnizaciones sobre la base a certificados presuntamente médicos falsos.

Según el Alto Cuerpo, si las maniobras se realizan en distintas jurisdicciones territoriales, la causa debe radicarse ante el juez que resulte más conveniente desde el punto de vista de una más eficaz investigación, así como de una mayor economía procesal y una mejor defensa, elementos todos que se aplican a la jurisdicción provincial.

En tal sentido, el fallo remarca que los hechos investigados se habrían ejecutado en Córdoba y que en esta provincia están radicadas las pruebas, se radican los imputados y actúa la entidad damnificada.

Fuente: CPCE Córdoba