Córdoba amplió la exigencia del Certificado Fiscal para Contratar

El Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba unificó en un sólo cuerpo legal todas las resoluciones vigentes referidas al Certificado Fiscal para Contratar expedido por la Dirección General de Rentas y realizó modificaciones al régimen.

El certificado tiene como finalidad dejar constancia de la inexistencia de deudas impositivas líquidas y exigibles por tributos cuya recaudación se encuentren a cargo del organismo fiscal y haber dado cumplimiento con la presentación de las declaraciones juradas determinativas, por parte de proveedores del Estado Provincial.

En la Resolución 30/2014 del Ministerio, se decidió modificar y reglamentar aspectos relativos a la finalidad del Certificado, el procedimiento para su solicitud, obligatoriedad y excepciones a su exigibilidad.

La norma dispone que el Certificado Fiscal acreditará la inexistencia de deudas impositivas líquidas y exigibles por tributos y los demás recursos cuya administración o recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas.

Asimismo, se dispuso ampliar la exigibilidad del Certificado no sólo para los pagos originados en contrataciones del Estado, sino también para aquellos casos de reintegros o devoluciones de tributos, como asimismo, para el otorgamiento de beneficios impositivos provenientes de distintos regímenes de promoción.

En la resolución se incorporan nuevas excepciones respecto de la exigibilidad del Certificado Fiscal, en razón de las especiales circunstancias en que las mismas se realizan.

Fuente: CPCE Córdoba