Córdoba emitirá Docof III para cancelar deuda vencida a 2013

El Gobierno de Córdoba decidió emitir una tercera serie de Documentos de Cancelación de Obligaciones Fiscales, denominados Docof III, por $ 300 millones de pesos, que se podrán utilizar para cancelar con algunos beneficios deuda tributaria y no tributaria vencida hasta el 31 de diciembre de 2013.

La medida se implementó en una edición extraordinaria del Boletín Oficial, que se publicó el martes a la tarde, y que incluye varias normas que se complementan: Decreto 1459, Resolución 390 (Ministerio de Finanzas), Resolución 25 (Secretaría de Ingresos Públicos) y Resolución Normativa 144 (Dirección General de Rentas).

Se podrán cancelar con Docof III, las siguientes obligaciones vencidas y adeudadas al 31 de diciembre de 2013 inclusive, cualquiera sea el estado en que se encuentren:

a) Impuestos Sobre los Ingresos Brutos.

b) Impuesto de Sellos.

c) Impuesto Inmobiliario.

d) Impuesto a la Propiedad Automotor.

e) Tasas Retributivas de Servicios, excepto la Tasa de Justicia.

f) Los restantes recursos cuya recaudación se encuentre a cargo de la Dirección General de Rentas o se le hubieren encomendado.

g) La deuda incluida en planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes, en tanto el contribuyente solicite su cancelación en el marco del Decreto N° 1459/14.

h) Multas de contribuyentes o responsables.

Beneficios

Los Docof III permitirán cancelar la deuda tributaria con los siguientes beneficios, según la fecha de acogimiento:

 Hasta el 30 de abril de 2015

El pago de contado tendrá una quita del 50% en recargos resarcitorios, intereses o accesorios no abonados.

En el plan de dos a cinco cuotas, la reducción será del 30%. Y si se abona la deuda en más de seis cuotas (el máximo es la fecha de vencimiento de los Docof III, el 31 de diciembre de 2015), se condonará el 20% de los recargos.

 Hasta el 31 de agosto de 2015.

Tendrá una quita del 30% por el pago de contado. El pago de dos a cinco cuotas, del 20%, y en más de seis cuotas, del 10%.

 Desde el 1 de septiembre de 2015.

El pago de una sola vez tendrá una reducción de recargos del 30% y no se podrá adherir a planes en cuotas.

En el caso de las multas tributarias tendrán una condonación del 70% o del 30%, según la fecha de acogimiento y si se encuentran o no firmes.

Las multas firmes de la Policía Caminera tendrán una reducción del 50%.

Fuente: CPCE Córdoba