Dan ayuda económica por unica vez a pymes bonaerenses afectadas por la pandemia

La provincia de Buenos Aires reglamentó las condiciones que deberán cumplir las micro y pequeñas empresas afectadas por la pandemia para acceder a Aportes No Reembolsables de 40.000 a 150.000 pesos, según informó a Ámbito el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense.

Con este propósito se destinaron $2.000 millones que se asignarán por única vez, en una escala progresiva de acuerdo al tamaño de la unidad productiva y el grado el grado de perjuicio sobre la actividad provocado por el coronavirus.

En la cartera que conduce Augusto Costa señalan que se aspira a asistir con esta ayuda a más de 123.000 unidades productivas comprendidas en 65 actividades.

Entre los sectores más afectados se incluyen:

- Servicio de Transporte escolar y otros.

- Comercio minorista de indumentaria, calzado y ventas en general Gastronomía y Bares.

- Salones de baile, fiestas y boliches.

- Guarderías y jardines maternales

- Servicios especializados, como fotografía, fotocopias, ventas de entradas, peluquería, entre otros.

- Servicios vinculados a prácticas deportivas y explotación de instalaciones.

- Elaboración de cerveza.

La lista completa se encuentra en el sitio web del Ministerio:

https://www.gba.gob.ar/produccion_ciencia_e_innovacion_ tecnologica

El acceso al beneficio se realiza mediante trámite electrónico. Se inicia a través del Portal de Trámites de la Provincia (http://portal.gba.gob.ar), bajo el nombre “Programa de Sostenimiento Económico”, y allí deberá ingresarse la documentación requerida según el tipo de unidad productiva. Una vez aprobado el trámite, el pago se realizará en un lapso aproximado de 15 días.

Requisitos

Para poder acceder a los Aportes No Reintegrables, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Deben ser micro o pequeñas empresas.

- Deben estar radicadas en la Provincia de Buenos Aires.

- Su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del Programa.

- Fecha de inicio de actividad anterior al 31/03/2020.

- A la fecha de corte 24/06/2021 debían estar al día con las DDJJ de IIBB mensuales de 2019 y 2020.

- Aquellas cuyos ingresos hayan caído en 2020 en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 10%. O que hayan iniciado actividades en 2020.

- Deben estar inscriptas en Buenos Aires ActiBA.

- No haber recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional y/o provincial.

En el ministerio también se aclara que podrán participar los beneficiarios de los programas Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) o Recuperación Productiva (REPRO), dado que la naturaleza de estos programas es cubrir los salarios de los trabajadores, por lo cual no son considerados beneficios de similares características ni idéntico objeto.

PROGRAMA DE SOSTENIMIENTO ECONÓMICO PARA ACTIVIDADES AFECTADAS POR LA PANDEMIA

Fuente: Ámbito.com