POLÍTICA ECONÓMICA
Diputados de la oposición buscan reeditar debate sobre el piso de votos requeridos para aprobar prórroga de ley del impuesto al cheque
La polémica se vuelve instalar porque desde el radicalismo y el massista Frente Renovador se reclama que haya una mayoría agravada, es decir 129 positivos para aprobar el impuesto, aunque en las actas de los años 2004, 2006, 2009 y 2011 se aceptó que se votaba a simple pluralidad de votos.
Lo que sucede es que la prórroga de la vigencia de este impuesto es clave para cumplir la previsión de recursos contemplados en el proyecto de Presupuesto 2014, porque la proyección de este tributo ronda los 70.000 millones de pesos.
Como sucedió en los últimos años los opositores reclaman que la recaudación se distribuya de acuerdo a los índices de coparticipacion -44 para la Nación y 56 para las provincias-, aunque cuando se votó la norma durante el gobierno radical los fondos de este gravamen solo iban a las arcas nacionales.
En la actualidad la recaudación del impuesto a los débitos y créditos se reparte en un 70 por ciento para la Nación y el 30 por ciento restante distribuido con las provincias.
Desde el oficialismo se mantiene la misma postura que hace diez años, en el sentido de las prórrogas se votan con mayoría simple porque no crean un nuevo gravamen sino que extienden su vigencia.
De hecho, en el 2004 cuando se instaló este debate el reconocido constitucionalista Vanossi dijo que para aprobar la prórroga "se requiere la mayoría absoluta de los presentes y no otra mayoría calificada. El inciso 3 del artículo 75 de la Constitución exige una mayoría agravada para establecer o modificar gravámenes como los que estamos considerando, pero en ninguna parte se refiere a la prórroga".
"En este caso los gravámenes a los que nos referimos ya fueron establecidos por mayoría especial que exige esa norma de la Constitución. También queda en claro que no se está modificando el gravamen, lo cual importaría su reemplazo o la fijación de otras modalidades", agregó en esa oportunidad el especialista.
"Por eso es bueno decir que en esta oportunidad -esto también servirá para otras ocasiones- que las mayorías especiales o agravadas que a veces exige la Constitución son de interpretación restrictiva, que nunca pueden ser de aplicación extensiva o ampliatoria y que tampoco cabe aplicar analogías al respecto", agregó Vanossi.
En esa misma sesión celebrada el 12 de diciembre del 2004, Vanossi dijo que "en caso de que exigiéramos mayorías superiores que las literalmente requeridas por la Constitución o previstas en ella, estaríamos atentando contra un principio muy conocido en la dinámica, me refiero al no bloqueo, ínsito en todo sistema constitucional".
En esa sesión, el presidente de la Cámara, el bonaerense Eduardo Camaño, llamó a votar el proyecto recalcando que se necesitaba simple mayoría y así consta en las actas de votación de la deliberación, aunque luego haya superado el piso de una mayoría agravada.
Lo mismo sucedió en los años 2006, 2009 y 2011 cuando se trataron las prórrogas de este impuesto y se convocaba a votar y en el tablero electrónico figura las mayorías requeridas si es simple, especial o agravada, y luego aparece en el mismo tablero si es afirmativa o negativa la iniciativa que se está aprobando.
La discusión ya se produjo varias veces, aún cuando el oficialismo tenía el número para aprobar los proyectos como sucedía a fines del 2011.
Fuente: Télam

