El Gobierno decidió abrir el mercado de capitales a emisores extranjeros

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó un régimen de doble listado que flexibiliza los requisitos previstos para empresas extranjeras listadas en otros mercados y quieran diversificar sus carteras de inversión en el país, con negociación en moneda local.

La medida se dispuso a través de la Resolución General 930/2022 publicada este viernes en el Boletín Oficial, en la que el Directorio habilitó el Régimen Especial de Doble Listado de Sociedades Extranjeras.

De esta forma, abre el mercado de capitales argentino a emisores extranjeros que estén autorizados a hacer oferta pública de sus acciones con listado y/o negociación de esos valores en mercados autorizados del exterior.

"Nos pareció que un régimen que contenga y abarque diversidad de situaciones y características morfológicas de actores que han hecho el ejercicio de la oferta pública en otras latitudes y les interese replicar en el mercado doméstico, tienen que contar con una mecánica a medida", dijo el presidente de la CNV, Adrián Cosentino.

En un comunicado, la CNV explicó que la medida se enmarca en las acciones que viene desarrollando junto con autoridades públicas y actores privados de varios sectores estratégicos, para "promover la inversión extranjera directa de calidad en el país, impulsar el motor exportador y afianzar la competitividad de mercado de capitales local".

También avanza en consolidar iniciativas que permitan desplegar, promover y difundir instrumentos y vehículos de financiamiento del mercado de capitales potenciadores del desarrollo, así como concretar proyectos competitivos a nivel regional y que incrementen la cadena de valor de proveedores de las industrias.

Según el organismo, "el nuevo régimen simplifica los requisitos reglamentarios para obtener la autorización, así como los de tipo informativo que las emisoras deben cumplir ante la CNV y los mercados locales".

En ese régimen, añadió, "se tiene en cuenta la información divulgada en los mercados del exterior en donde listen", y además "se establece en la reglamentación pautas claras para el supuesto de retiro o cancelación de la autorización tanto en el mercado del exterior como el local".

Asimismo, se admite que los estados financieros sean presentados en el idioma original y sólo se exige su traducción en caso de que se encuentren redactados en un idioma diferente al español o al inglés.

La reforma prevé la intervención de los mercados autorizados por la CNV en la precalificación de las solicitudes que se presenten, considerando su especialización, así como el monitoreo permanente respecto del cumplimiento de los requisitos informativos.

De esa manera, "redundará en una simplificación del proceso de autorización de oferta pública y, consecuentemente, en una reducción de los plazos para resolver dichas solicitudes", sostuvo la CNV.

Fuente: Ambito.com