El nuevo índice de inflación se utilizará para los bonos indexados con el CER
El Ministerio de Economía dispuso que el nuevo índice de inflación será utilizado para los bonos que se indexan por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), en reemplazo del anterior IPC.
Así fue establecido a través de una resolución firmada por el ministro Axel Kicillof, publicada hoy en el Boletín Oficial.
"Aclárase que a partir de la fecha de publicación de la presente en el Boletín Oficial, el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), previsto en el Artículo 4§ del Decreto N§ 214 del 3 de febrero de 2002 y en el Artículo 1ø de la Ley N§ 25.713, se compondrá por la tasa de variación diaria obtenida de la evolución mensual del Indice de Precios al Consumidor Nacional Urbano (IPC Nacional Urbano) publicado por el INDEC, según el texto oficial.
Además, Economía indicó que el CER "será informado por el Banco Central". El Decreto 214/2002 instituyó en su articulado un Coeficiente de Estabilización de Referencia que es aplicado a las nuevas obligaciones de deuda expresamente previstas por esa norma.
Por su parte, el Artículo 1ø de la Ley N§ 25.713 establece que "las obligaciones que en origen hubieran sido expresadas en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera y que hubieren sido transformadas en pesos a partir de la sanción de la ley 25.561 o bien posteriormente, se les aplicará un Coeficiente de Estabilización de Referencia que se compondrá por la tasa de variación diaria obtenido de la evolución mensual del Indice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC".
En este marco, el Ministerio recordó que a partir del 13 de febrero último, el INDEC comenzó a publicar el Indice de Precios al Consumidor Nacional Urbano (IPC Nacional Urbano) "como indicador de nivel nacional para medir las variaciones de los precios del consumo final de los hogares".
"En consecuencia, corresponde adecuar la conformación del CER tomando como base el IPC Nacional Urbano", justificó el Palacio de Hacienda.
Fuente: NA