ECONOMíA
El proyecto de Recalde fija el 10 % de las ganancias netas anuales para repartir entre los trabajadores
El proyecto que crea el Régimen de Participación Laboral en las Ganancias de las Empresas, impulsado por el kirchnerista Héctor Recalde, fija como base para repartir entre los trabajadores "el 10 por ciento de las ganancias netas anuales" y será aplicable para todas las empresas a partir del tercer año de la promulgación de la ley.
El proyecto establece en su artículo 1 que "todos los trabajadores empleados u obreros que presten servicios en virtud de un contrato de trabajo en una empresa con fines de lucro, tendrán derecho a una retribución anual en concepto de participación en las ganancias, sujeta a los resultados del ejercicio económico de la empresa a que pertenecen".
También, dispone una entrada en vigencia (artículo 31) en tres etapas: "a partir del año fiscal siguiente a la promulgación" para las empresas que tengan más de 300 trabajadores; en el segundo año fiscal de su promulgación para los empleadores que tengan más de 100 trabajadores y, a partir del tercer año fiscal siguiente a su promulgación, para todos los empleadores.
La norma contempla excepciones para la obligación en el caso de "nuevas empresas, durante los primeros dos años de funcionamiento, o las que al entrar en vigencia la ley no tuviesen tal antigüedad"; "las nuevas empresas cuya actividad principal gire en torno a la fabricación de un nuevo bien o servicio, durante los primeros cuatro años de su funcionamiento"; aquellas "cuya ganancia anual" no supere "el mínimo que determine el Consejo Nacional de Participación Laboral en las Ganancias" (que crea la ley para tal fin).
Además, quedan exceptuadas "las fundaciones e instituciones de carácter privado con personería jurídica" y todo empleador cuyas actividades "no tengan propósitos de lucro" y "las sociedades cooperativas, con relación exclusiva a los socios de las mismas".
El referido consejo nacional, autoridad de aplicación encargada entre otras cuestiones de fijar "la ganancia mínima anual a partir de la cual las empresas quedan sometidas al régimen", estará integrado por doce miembros: cuatro de ellos en representación del Estado nacional (dos por el ministerio de Trabajo y dos por el ministerio de Economía), cuatro por la CGT y cuatro por entidades empresarias representativas.
El proyecto, además, establece el control sindical de las empresas por el cual se dispone que el empleador está obligado a "facilitar el acceso a la información y documentación requerida" y consigna que "será considerada práctica desleal la reticencia empresaria a entregar la información o a exhibir la documentación respaldatoria" así como "la obstaculización al ejercicio de las facultades de fiscalización y control por la parte de la representación sindical".
También, la iniciativa crea un fondo solidario destinado "a abonar una compensación económica a los trabajadores no registrados beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo", por el cual recibirán un monto equivalente a diez veces el valor de la asignación. Los empleados que quedarían exceptuado del cobros serían aquellos directores, gerentes y personal de conducción que cobren cinco veces más que el sueldo promedio anual que paga la empresa.