Entra en vigencia el Acuerdo Comercial entre MERCOSUR y la Unión Europea
A partir del 1° de mayo de 2026, el Acuerdo Interino de Comercio entre el MERCOSUR y la Unión Europea se encuentra oficialmente en vigencia, marcando un punto de inflexión para la integración regional y las operaciones de importación desde territorio europeo.
El tratado establece una zona de libre comercio que contempla la reducción y eliminación progresiva de derechos aduanales, generando beneficios inmediatos para una amplia gama de productos que quedarán exentos de gravámenes, mientras que otros seguirán un calendario de desgravación gradual.
Cronograma de eliminación arancelaria
La República Argentina comenzará a aplicar el proceso de eliminación progresiva de aranceles para mercancías originarias de la Unión Europea según las categorías especificadas en el Acuerdo. Los productos accederán a beneficios inmediatos o se desgravarán en etapas, dependiendo de la clasificación arancelaria establecida en los anexos del convenio.
Productos bajo contingentes preferenciales
El MERCOSUR otorgó a la UE cupos especiales para determinados productos de importancia comercial. Entre estos se encuentran leche en polvo, quesos, leche maternizada, ajo, cacao y productos derivados de chocolate, que podrán ingresar bajo condiciones arancelarias preferenciales dentro de volúmenes establecidos.
Contingente de vehículos para Argentina
Argentina implementa un cupo anual de 15.500 unidades de automóviles europeos, que gozarán de una reducción del 50% en el arancel básico hasta finales del octavo año de vigencia del Acuerdo. La distribución se realizará por orden de llegada de las solicitudes.
Certificación de origen simplificada
Para acceder a los beneficios preferenciales, los importadores deberán solicitar declaraciones de origen emitidas directamente por los exportadores europeos. La UE utiliza un sistema de autocertificación donde el exportador avala el origen de las mercancías mediante un documento en español, portugués o inglés que incluya el número de registro del operador europeo (REX).
Las declaraciones mantienen validez por 12 meses desde su emisión y deben indicar explícitamente el origen como "Unión Europea".
Liquidación y trámite aduanal
Las mercancías sujetas a contingentes serán liquidadas automáticamente. Para el resto de los productos, se implementa transitoriamente una autoliquidación aduanal bajo código específico, manteniéndose asimismo la Tasa de Estadística hasta nueva disposición de la autoridad.
En todos los casos deberá consignarse el código de Acuerdo "MERCOSUR-UE" en la documentación aduanal.
Para consultas sobre la implementación del Acuerdo, los importadores pueden comunicarse con la Sección Cupos de Origen en la dirección: dvosec@afip.gob.ar

