La AFIP cambia su código de ética y sus empleados podrán ser accionistas de empresas
Ser empleado de la AFIP ya no será incompatible con la posibilidad de ser socio o accionista de una sociedad comercial: el titular del ente tributario, Ricardo Echegaray, firmó una disposición que rige desde hoy y que da de baja esa incompatibilidad en el Código de Ética del organismo… una incompatibilidad que no estaba prevista originalmente y que el propio Echegaray había incorporado hace apenas un año.
“Es notorio el nuevo enfoque que el actual Código Civil y Comercial ha adoptado con relación a las personas jurídicas, innovando en cuestiones como el instrumento constitutivo, régimen de nulidades, exclusión de socios, incorporación de la sociedad anónima unipersonal, entre otros temas de relevancia (…) A la luz de estos nuevos conceptos en vigencia, resulta oportuno readecuar el régimen de incompatibilidades relacionado a la participación del personal del Organismo en las sociedades comerciales”, argumenta la Resolución 480/2015, firmada el pasado jueves y publicada hoy en el Boletín Oficial.
Por eso, agrega, “es apropiado establecer el cese de la incompatibilidad que recaía sobre los agentes del organismo en cuanto debían abstenerse de participar como socios o accionistas en todo tipo de sociedades comerciales”. El único artículo de la disposición deroga el inciso “e” del Capítulo VI del Código de ética de la AFIP. Ese inciso no estaba en el Código original sino que fue agregado hace apenas un año en otra disposición de Echegaray que les daba a los empleados un año para adecuarse a esa incompatibilidad. Ese plazo no llegó a cumplirse.
El punto derogado establecía que los empleados del organismo debían “abstenerse de participar como socios o accionista en todo tipo de sociedades comerciales, sean nacionales o extranjeras” con la excepción de “la tenencia de títulos y/o acciones de sociedades que coticen en bolsa” siempre y cuando esa propiedad fuera como “inversión” y no representara “la mayoría necesaria para la toma de decisiones societarias”.
Fuente: elcronista.com