La AFIP comenzó a relevar "on line" al personal registrado de las empresas

La AFIP estableció que desde hoy, los empleadores van a ser fiscalizados "on line", para conocer en tiempo real si tienen registrados a todos sus trabajadores.

Así lo dispuso el organismo a partir de una resolución general publicada este lunes en el Boletín Oficial.

"Los contribuyentes y/o responsables de los Recursos de la Seguridad Social, comprendidos en el régimen de empleadores, podrán ser fiscalizados utilizándose la herramienta informática denominada Trabajo Registrado en Línea en los procedimientos de relevamiento de personal", según el texto oficial.

Además, el ente recaudador explicó que "a los fines de constatar la debida registración del personal dependiente del contribuyente y/o responsable fiscalizado, el relevamiento de los trabajadores que se encuentran prestando tareas en el establecimiento verificado, se realizará identificando los datos del empleador para el cual prestan servicios y los de cada uno de los trabajadores relevados".

En la resolución, el organismo puntualizó que el "Trabajo Registrado en Línea" permitirá generar la "Planilla de Relevamiento de Personal" y el "Acta de Notificación de Relevamiento", en formato digital, respectivamente.

En ese sentido, explicó: "una vez relevado cada trabajador, se emitirá un Cupón Resumen de Relevamiento , en el que constarán los datos identificatorios del empleador" y los siguientes datos del trabajador:

a) Nombres yapellido.

b) Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Documento Nacional de Identidad (D.N.I.).

c) Fecha de inicio de la relación laboral.

d) Información referida a la última remuneración percibida.

Concluido el procedimiento, se emitirá un "Cupón Resumen de Acta - Notificación", que constará de:

a) Número de identificación.

b) Nombre o razón social y Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del contribuyente (empleador).

c) Domicilio en el que se efectuó el relevamiento.

d) Cantidad de trabajadores relevados.

La AFIP advirtió que en caso de verificarse incumplimientos a las obligaciones relativas a los Recursos de la Seguridad Social, "las planillas de relevamiento -en su formato digital- obtenidas a través del procedimiento establecido por la presente resolución general, se pondrán a disposición del contribuyente en archivos electrónicos a los que podrá acceder a través del sitio web" del ente recaudador.

Fuente: NA