La AFIP estableció regimen de información para la existencia de granos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un régimen de información para recabar datos sobre granos no destinados a la siembra y legumbres secas de propia producción y de la capacidad de producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola.

"Resulta vital contar con información acerca de las existencias y de la capacidad de producción, por cultivos y campaña, que poseen los productores de gs, habida cuenta su incidencia directa en los diferentes gravámenes que recaen sobre dicha actividad",rano señala la resolución general 2750.

La norma, publicada hoy en el Boletín Oficial, alcanza a los productores agrícolas que exploten inmuebles rurales, propios o de terceros, arrendamientos y aparcerías rurales, u otras modalidades.

Los mismos deberán informar a través del sitio "web" de la AFIP las existencias de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción (stock), superficies destinadas y capacidad de producción en cada campaña agrícola.

Por otra parte, mediante la resolución 2749, el organismo dispuso adecuaciones en el régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de comercialización de granos no destinados a la siembra y legumbres secas.

E implementó controles en la cadena de comercialización de granos para "continuar con el sistema de registración de los contratos y operaciones, sin necesidad que el contribuyente concurra a este Organismo para formalizar dicha registración".(Télam)