La AFIP revirtió la baja de casi 10.000 monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) les devolvió su carácter de monotributistas a 9869 personas que habían sido dadas de baja de ese régimen el 9 de diciembre pasado, es decir, un día antes del cambio de gobierno.

Según explicó a un funcionario del organismo, muchos de quienes se vieron afectados sufrieron los efectos de un error en el cruce de datos que se hace para determinar si el contribuyente está debidamente registrado o si, por el contrario, existen motivos para su exclusión del sistema y su pase, en consecuencia, al régimen de autónomos.

La corrección de los datos derivó en la publicación, en el Boletín Oficial de hoy, de un listado de monotributistas a los que sí se considera que deben estar excluidos y que reemplaza al difundido dos meses atrás. En la lista actualizada hay 2082 contribuyentes, que eran parte de los 11.951 del listado del 9 de diciembre.

El aviso oficial publicado menciona que se detectaron "errores sistémicos". Según explicaron fuentes de la AFIP, el problema en el cruce de datos es que se consideró erróneamente el causal de exclusión definido por el artículo 20 inciso k de la ley del monotributo. ¿Qué significa eso? Lo que allí se dispone es que el valor de las compras y gastos anuales referidos a la actividad económica realizada por el contribuyente, no puede superar el 80% del tope de facturación permitida para estar en el régimen simplificado, en caso de tratarse de venta de bienes muebles, o el 40% del tope si se trata de prestación de servicios. "El problema estuvo en que no se tuvo en cuenta cuál era el límite para los monotributistas con actividad de ventas de cosas muebles, y se los consideró, en ese parámetro, como si fueran de servicios", dijeron en el organismo.

Ahora, las poco más de 2000 personas para quienes se ratificó que sí hubo causal de exclusión, tendrán 15 días hábiles para apelar la decisión, si pueden demostrar que su categorización no es incorrecta.

Las razones para la exclusión del régimen simplificado están enumeradas en la ley del monotributo, mientras que el procedimiento actual para llegar a la baja fue establecido por la resolución 3640, de 2014. Desde entonces, se hacen cruces de datos los días 15 de cada mes y el listado de excluidos se publica en la página web de la AFIP, antes de su aparición en el Boletín Oficial. Mientras que la nómina del 9 de diciembre, ahora corregida, es la que había surgido de los controles hechos entre agosto y septiembre, anteayer se publicó otro listado de bajas, surgidas a partir de las revisiones hechas entre los meses de octubre y noviembre.

Fuente: La Nación