POLÍTICA
La Corte Suprema define cómo actuará frente a la reforma judicial
Si el paquete de leyes de reforma judicial logra atravesar el trámite parlamentario, la Corte Suprema quedará entre la espada y la pared. Con la segura interposición de varios planteos de inconstitucionalidad, el Tribunal tendrá que enfrentar las presiones internas del Poder Judicial, o abrir un nuevo frente de fricción con el gobierno nacional.
Por eso, y con el objetivo de minimizar daños, fuentes de la Corte deslizaron que se evalúa la forma de dejar sin efecto leyes las que puedan alterar el actual funcionamiento del Poder Judicial, a través de una acordada de sus miembros. Puntualmente, el articulado que regula el régimen de concursos y el que ordena las jerarquías dentro de los juzgados. De esta forma, la Corte podría declarar "inaplicables" aspectos de los proyectos que apruebe el Congreso. No necesitaría esperar que las presentaciones judiciales atraviesen todas las instancias de los tribunales antes de que la Corte deba decidir su constitucionalidad, y aliviaría el malestar que ya expresaron los jueces.
Hay antecedentes relativos a acordadas que fueron implementadas contra leyes que pretendieron interferir en atribuciones que estaban bajo la órbita de la Corte. A través de la acordada 3/95, la Corte menemista derogó el sistema de concursos para funcionarios de la Justicia. En aquel fallo, plantearon sus disidencias Carlos Fayt, Enrique Petracchi –ambos hoy en funciones– Augusto Belluscio y Gustavo Bossert, que ratificaron la necesidad de un concurso para garantizar igualdad en el acceso a la función pública en base a la idoneidad. El mismo tribunal de la "mayoría automática" aseguró que el Legislativo no puede interferir en materia de personal que reporta en el Poder Judicial y que esto es sólo competencia de la Corte, en referencia a la Ley Orgánica de Ministerios Públicos que apuntaba a igualar escalafones. El 1 de noviembre de 2005, con la firma de todos los integrantes de la actual composición, la Corte también rechazó a partir de la acordada 23/2005 la norma que garantizaba la competencia de los Tribunales Orales del Crimen de las cámaras federales en el interior en cuestiones de superintendencia, facultad que la propia Corte tiene bajo su control, y de la que dependen las designaciones en el Poder Judicial.
Fuente: Tiempo Argentino

